Liceo Naval: profesores del bus podrían responder penalmente por omisión

 Liceo Naval: profesores del bus podrían responder penalmente por omisión

El caso que involucra a estudiantes del Liceo Naval Almirante Guise continúa bajo investigación. Mientras se realizan las diligencias para determinar qué ocurrió durante el traslado en el que se habría producido una presunta agresión sexual, también se analiza la eventual responsabilidad de los adultos que estaban a cargo de los menores dentro del vehículo.

El abogado penalista Julio Rodríguez explicó que los profesores podrían ser incorporados a una investigación penal si la Fiscalía acredita que tenían un deber concreto de protección y garantía sobre los estudiantes y que, pese a ello, omitieron actuar frente a lo ocurrido. En ese escenario, podrían responder bajo la figura de agresión sexual en comisión por omisión.

¿Profesores podrían responder por omisión?

Durante una entrevista con ATV, Rodríguez señaló que la eventual responsabilidad de los docentes dependerá de las funciones que tenían asignadas durante la actividad deportiva y del resultado de las diligencias fiscales.

“Si estos adultos lo que han hecho ahí es vulnerar su deber de garantía, su deber de cautela, su deber de proteger a estos menores que estaban bajo su cargo durante actividades deportivas del colegio en movilidad coordinada por el colegio, podrían ser plausibles de ser incorporados también como autores del hecho”, explicó.

El especialista precisó que no bastaría con acreditar que los profesores se encontraban dentro del bus. La Fiscalía tendría que determinar que tenían la obligación de intervenir, podían hacerlo y omitieron cumplir ese deber de protección.

De comprobarse estos elementos, según el penalista, los adultos podrían ser considerados responsables del delito bajo la modalidad de comisión por omisión, con una pena que podría alcanzar hasta 26 años de privación de libertad, dependiendo de la calificación jurídica y las circunstancias que se establezcan durante el proceso.

Respecto de la directora del plantel, Rodríguez indicó que su eventual responsabilidad penal no podría atribuirse automáticamente por hechos ocurridos dentro del vehículo, debido a que no se encontraba presente durante el traslado. No obstante, señaló que el colegio podría afrontar responsabilidad civil por los daños que eventualmente se acrediten.

“El colegio no responde penalmente, sino responde civilmente. Puede ser objeto en su momento de demandas de responsabilidad civil y esto significa asumir todos los daños, perjuicios que este hecho haya generado”, sostuvo.

Esta eventual reparación podría incluir los gastos relacionados con la atención que requiera la presunta víctima, así como otros daños de carácter extrapatrimonial y moral que sean acreditados durante el proceso.

¿Qué ocurrirá con los 10 menores tras las 48 horas?

Otro punto que deberá resolver la justicia es la situación de los 10 adolescentes retenidos en el marco de las investigaciones. El vencimiento del plazo de 48 horas será relevante para determinar qué medida corresponde adoptar mientras continúan las diligencias.

Rodríguez explicó que, si el Ministerio Público considera que existe un riesgo de fuga o de perturbación de la investigación, puede solicitar ante un juez de familia una medida preventiva de internamiento.

De ser autorizada, esta medida podría cumplirse en un centro juvenil. Sin embargo, el internamiento no se aplica de manera automática: el juzgado deberá evaluar los argumentos de la Fiscalía y de la defensa antes de tomar una decisión.

La defensa, por su parte, podría argumentar que los investigados no representan un riesgo procesal o que no existe posibilidad de reiteración de conductas similares. Cualquier antecedente sobre presuntos episodios anteriores también tendría que encontrarse debidamente acreditado para que pueda ser valorado por el juez.

Fiscalía deberá determinar el rol de cada involucrado

Las diligencias fiscales buscan establecer qué ocurrió dentro del vehículo y cuál habría sido la intervención específica de cada adolescente. Para ello se consideran elementos como las declaraciones de los involucrados, evaluaciones médico-legales, pericias psicológicas y psiquiátricas, además de la declaración de la presunta víctima mediante cámara Gesell.

El abogado explicó que, si se acredita la existencia de una agresión sexual y se determina que los participantes tuvieron distintas funciones coordinadas, la responsabilidad podría alcanzar a quienes hayan intervenido de manera conjunta.

“Si se distribuyeron roles, por ejemplo, uno sujetaba, otro introducía este objeto, otro tapaba la boca, otro distraía a los demás para que no vieran, todos son coautores y responden con la misma sanción”, señaló.

En el caso de los adolescentes, Rodríguez recordó que por su edad no se les aplica una pena de cárcel ordinaria. Si se determina responsabilidad, corresponderían medidas socioeducativas dentro del régimen penal juvenil, que en los casos más graves pueden contemplar internamiento.

La investigación deberá establecer de manera individualizada la participación de cada uno de los adolescentes y, paralelamente, determinar si existió alguna responsabilidad de los adultos encargados de la protección de los estudiantes durante el traslado.

Mientras continúan las diligencias, el Liceo Naval Almirante Guise mantiene sus clases en modalidad virtual.

Milagros Silva

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