Conozca cuál es el procedimiento para efectuar la repartición de una herencia
¿Cuál es el procedimiento para efectuar la repartición de una herencia? Gloria Faustor, defensora pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH), indicó en el programa virtual “Consultorio Legal” detalles al respecto.
Precisó que la herencia es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que al fallecer una persona pasan a sus herederos o legatarios. En este aspecto, los herederos legales son aquellos que la ley establece como herederos forzosos, en ausencia del testamento. Por otro lado, los legatarios son aquellos designados por la voluntad del testador en su testamento.
Asimismo, la especialista señaló que los herederos forzosos son el cónyuge, si está vivo, y los hijos. En el caso de fallecimiento de los hijos, son los nietos los que heredan. Si no hay hijos son los padres, abuelos y familiares colaterales como hermanos, sobrinos y colaterales ordinarios.
La abogada también explicó que cuando no hay testamento se recurre a la sucesión intestada, que es el trámite que deben realizar los familiares directos ante un notario público o vía judicial en la ciudad o jurisdicción del último domicilio del fallecido, precisando que es requisito indispensable la partida de nacimiento de los herederos con los datos correctamente asignados.
Para el cálculo de los porcentajes de una herencia, la defensora pública detalló que el testamento define las reglas de distribución de bienes de un fallecido. Es así que cuando se elabora un testamento se debe considerar que 1/3 de los bienes es de libre disposición, mientras que los otros 2/3 son destinados para los hijos y el cónyuge, de corresponder. De no tener hijos o cónyuge y si los padres están vivos, la mitad de la herencia será destinada para ellos y la otra mitad será de libre disposición. En el caso de hijos fuera del matrimonio o unión de hecho, estos pueden ser incluidos.
En otro aspecto, cuando una persona no fue incluida en la herencia puede recurrir a la petición de herencia y lo debe hacer por vía judicial. Este proceso es imprescriptible, es decir, se puede hacer en cualquier momento. En otro escenario, si no hay herederos, el Estado pasa a hacer uso de estas propiedades de acuerdo al procedimiento que establece el Código Civil.
La defensora pública agregó que no siempre los hijos reciben la herencia de sus padres, pues existen casos en que los padres deciden no incluirlos en el testamento. Respecto al rol de la Defensa Pública, la especialista afirmó que se brinda orientación legal y patrocinio gratuito para este proceso y acompañamiento ante el Poder Judicial hasta lograr una sentencia para su cumplimiento.