Gobierno publicó la ley que autoriza el retiro del 100% de la CTS
Ya es oficial, el ejecutivo publicó la ley que aprueba el retiro del 100% de los fondos de la cuenta de Compensación por tiempo de Servicios (CTS), con esto se concreta la iniciativa del Congreso, con el objetivo de cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia de la COVID-19.
El Parlamento aprobó a inicios de este mes el texto sustitutorio que establece que los trabajadores pueden hacer uso del 100% de sus depósitos de CTS hasta el 31 de diciembre de 2023.
Al respecto La ministra de Trabajo, Bettsy Chávez, enfatizó días atrás que se trata de una medida de carácter extraordinario y excepcional que se adopta cuando el mundo atraviesa por circunstancias críticas. En ese sentido, exhortó a los afiliados a no gastar el dinero en banalidades.
Cabe advertir que La medida alcanza a todos los trabajadores formales que cuenten con dicho fondo. También es necesario informar que en la actualidad el colaborador si puede retirar su CTS a pesar de estar trabajando, pero esto solo se consigue cuando el monto total supera los cuatro sueldos.
La norma no límita el retiro, por lo cual todos los trabajadores estarán habilitados para realizar el desembolso de su CTS. Sin embargo solo pueden hacerlo quienes están en el sistema formal; ya que los demás empleados informales no cuentan con este beneficio.
La CTS se paga solo a los trabajadores del régimen laboral privado que laboran en promedio, como mínimo, una jornada mínima diaria de 4 horas. En total se estima que este año lo recibirán unos 4 millones de empleados.
Los empleados de las pequeñas empresas también reciben CTS pero a razón de 15 remuneraciones diarias, pero no son incluidos en este beneficio los trabajadores de la microempresa.
Otro grupo que podrá recibir CTS es el de los trabajadores del régimen agrario, quienes ahora pueden elegir recibir este pago abonado de manera diferenciada y de manera semestral.
Además recientemente se incluyó a las trabajadoras del hogar en el pago de este beneficio laboral. Este caso se aplican las mismas condiciones que el régimen laboral común.