JNE exhorta a cumplir resolución que restituye a Patricia Benavides como Fiscal de la Nación 

 JNE exhorta a cumplir resolución que restituye a Patricia Benavides como Fiscal de la Nación 

El JNE sostiene que su involucramiento directo de Delia Espinoza en los hechos compromete su imparcialidad y objetividad fiscal.

La Junta Nacional de Justicia publica (JNJ), a través de un comunicado firmado por su presidente Gino Ríos Patio, exhorta a acatar la resolución que restituye a Patricia Benavides como fiscal suprema y fiscal de la Nación. En el documento, sostiene que la fiscal Delia Espinoza «no tiene competencia para iniciar diligencias preliminares contra los integrantes de la Junta Nacional de Justicia».

En el Comunicado de la Junta Nacional de Justicia sobre la Resolución N° 231-2025-JNJ se lee:

La Junta Nacional de Justicia (JNJ), en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y conforme al artículo 19 del Reglamento del Pleno, aclara lo siguiente respecto a la Resolución n.° 231-2025-JNJ, emitida en el caso de la señora Liz Patricia Benavides Vargas:

1. La JNJ es un órgano constitucional autónomo con competencia para nombrar, ratificar, destituir y suspender a jueces y fiscales, incluyendo al Fiscal de la Nación. Sus resoluciones son legal y administrativamente vinculantes mientras no sean anuladas judicialmente

2. En un Estado de derecho, los funcionarios públicos deben acatar las decisiones de los órganos competentes, pudiendo acudir a los mecanismos procesales si se cuestiona su validez. Permitir que una autoridad seleccione arbitrariamente qué decisiones cumplirían socavando el orden democrático, abriendo paso al autoritarismo y debilitando gravemente la cohesión del sistema republicano.

3. La nulidad de oficio declarada por la JNJ es un ejercicio legítimo de autotutela administrativa conforme al artículo 213 del TUO de la Ley N.º 27444. No constituye avocamiento indebido ni usurpa funciones jurisdiccionales, pues se limita a corregir actos viciados dentro del ámbito administrativo

4. La reposición de la señora Benavides Vargas no equivale a un nuevo nombramiento. La JNJ anuló su destitución por vulneración al debido proceso y, de acuerdo con el artículo 12.1 de la Ley N.º 27444, restituyó la situación jurídica previa, en la que era fiscal suprema y fiscal de la nación, mismas condiciones que debían restaurarse.

5. La resolución de reposición tiene plena eficacia mientras no sea suspendida judicialmente. La demanda de amparo presentada por el fiscal Espinoza (Exp. Nº 10506-2025) no suspende sus efectos, por lo que la resolución debe ser acatada.

6. La señora Espinoza Valenzuela no tiene competencia para iniciar diligencias preliminares contra miembros de la JNJ. Además, su involucramiento directo en los hechos compromete su imparcialidad y objetividad fiscal.

La JNJ reafirma su compromiso con la legalidad, el debido proceso y la garantía de procedimientos disciplinarios imparciales, motivados y ajustados al marco constitucional y legal vigente

 

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