PJ excluyó a Keiko Fujimori del delito de obstrucción a la justicia por el ‘Caso Cócteles’
El Poder Judicial resolvió que se aplique el fallo del Tribunal Constitucional que anula los actos fiscales contra la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, y otros coimputados por el delito de obstrucción a la justicia, pero no el dee organización criminal.
Hoy, el Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional dispuso dejar sin efecto el auto que cita a juicio oral y actos procesales de juicio hasta la fecha a favor de Keiko Fujimori y otros por delito de obstrucción a la justicia. Ello, tras el pedido realizado por Giulliana Loza, abogada de Keiko Fujimori, solicitó que se aplique un fallo reciente del Tribunal Constitucional que podría excluir del proceso a 15 personas.
En la audiencia se sustentó el recurso de reposición por parte de la Fiscalía en relación a decisión judicial.
Tras desestimar recursos de reposición, colegiado dispuso la continuación de juicio contra Keiko Fujimori el 26 de agosto, a las 9:00 a.m., en que se evaluará prueba nueva. Asimismo, establece próximas audiencias los días 2, 3, 9,16, 17, 23 y 24 de setiembre, en el mismo horario.