Servir confirma inhabilitación de exgerente de la Beneficencia Marlón Angulo 

 Servir confirma inhabilitación de exgerente de la Beneficencia Marlón Angulo 

Ordenan que sanción de inhabilitación de cinco años sea colgada pero ya pasaron 15 días y la SBT no dice ni pío. 

Mediante oficio N° 01914-2024-SERVIR-GDSRH (obtenido por transparencia y acceso a la información) comunicado a la Gerencia General de la Sociedad de Beneficencia de Trujillo, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) confirmó que la sanción impuesta de inhabilitación por cinco años a los exgerentes de la Beneficencia Pública de Trujillo (SBT), Marlon Angulo Salavarría y Fernando Calderón Burgos, cuenta con todo el sustento legal y debe ser inmediatamente colgado en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles (RNSSC) que es la herramienta de SERVIR diseñada para informar si una persona se encuentra impedida de prestar servicios en el Estado.

Como se sabe, mediante la Resolución de Sanción Disciplinaria N° 001-2024- SBT/PAD-OS, el órgano sancionador de la Sociedad de Beneficencia de Trujillo (SBT) inhabilitó por cinco años en el ejercicio de la función pública a Marlon Angulo Salavarría, exgerente de la SBT.

Asimismo, con Resolución de Sanción Disciplinaria N° 002-2024- SBT/PAD-OS, fue inhabilitado por el mismo periodo el abogado Fernando Calderón Burgos, exgerente de Asesoría Jurídica e Inmobiliaria de la SBT.

El caso se remonta a la gestión del alcalde José Ruiz Vega, cuando el pleno del Concejo toma conocimiento de que la SBT había firmado una ampliación del contrato de la concesión del cementerio de Mampuesto, con la concesionaria El Parque S.A., ocho años antes del término del contrato. Ante los débiles descargos de los responsables de la entidad, el pleno del Concejo decidió comunicar a Contraloría para que investigue el caso y esta luego de una seria investigación recomendó a la entidad sancionar a los responsables mencionados.

Sin embargo tanto Angulo Salavarría como Calderón Burgos han iniciado sendas acciones legales contra la SBT por considerar que ni el órgano sancionador ni SERVIR tenían las competencias para sancionarlos por su normativa interna, pero ya la Procuraduría Municipal ha solicitado declarar improcedente su demanda, sin embargo la decisión final de SERVIR trae abajo toda su defensa y su demanda.

El oficio de SERVIR tiene fecha del último 27 de marzo, es decir hace 15 días, sin embargo el área de Recursos Humanos de la Beneficencia no cuelga hasta ahora la sanción, de manera sospechosa, porque este lunes se llevará a cabo una audiencia de los juicios interpuestos por Angulo y Calderón, y no se hace pública hasta ahora la decisión de SERVIR que podría dar el caso por finalizado a favor de la SBT. En su oficio SERVIR es claro que la acción de colgar es de responsabilidad de la SBT e incluso le alcanza una cartilla informativa para que no tenga ninguna duda o demora el colgar la sanción.

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