PUNTOS CLAVES DE LA NUEVA LEY AFP
La Ley N.º 32123, impulsada por el Congreso peruano, transforma radicalmente el sistema previsional. Estos son sus principales puntos:
⚠️ Afiliación obligatoria desde los 18 años
- Todos los peruanos deberán afiliarse a una AFP o a la ONP entre el 1 de julio de 2027 y el 1 de julio de 2028.
- Si no eliges, el Estado te asignará una AFP mediante licitación.
- Quienes cumplan 18 años después del 1 de julio de 2027 tendrán el mismo plazo. Si no eligen, irán automáticamente a la ONP.
🚫 Restricciones al retiro del 95.5%
- Si tienes menos de 40 años, ya no podrás retirar el 95.5% de tu fondo al jubilarte.
- Además, si decides retirar tu fondo, perderás el derecho a la pensión mínima garantizada.
⏳ Jubilación anticipada más lejana
- La edad mínima para jubilarse anticipadamente sube de 50 a 55 años.
💸 Aportes obligatorios para independientes
- Desde enero de 2028 hasta fines de 2029, los trabajadores independientes deberán aportar el 2% de sus ingresos por recibos por honorarios.
- Este porcentaje subirá gradualmente hasta llegar al 5% en 2034.
- Ejemplo: Si ganas S/2000 al mes, aportarás S/40 en 2028.
🛒 Aporte por consumo: ¿realmente útil?
- El 1% de tus compras irá a tu fondo de pensiones, pero solo si:
- Usas boletas electrónicas menores a S/700.
- No son boletas usadas para deducir impuestos ni recibos por honorarios.
- Tope anual: 8 UIT (~S/43,000). Máximo beneficio: S/430 al año.
- Según CEPLAN, si ganas S/2000, tendrías que gastar S/1500 mensuales para recibir solo S/180 al año.
📉 Pensión mínima garantizada: S/600 mensuales
- Requiere al menos 240 aportes (20 años).
- Si no llegas:
- Entre 15 y 19 años: S/400.
- Entre 10 y 14 años: S/300.
- Las AFP podrán solicitar al Estado que complemente el monto para alcanzar los S/600.
🏦 Más entidades administradoras
- Bancos, cajas y aseguradoras podrán gestionar fondos previsionales.
- Sin una regulación clara, esto podría generar conflictos de interés y comisiones abusivas.