PUNTOS CLAVES DE LA NUEVA LEY AFP

 PUNTOS CLAVES DE LA NUEVA LEY AFP

La Ley N.º 32123, impulsada por el Congreso peruano, transforma radicalmente el sistema previsional. Estos son sus principales puntos:

⚠️ Afiliación obligatoria desde los 18 años

  • Todos los peruanos deberán afiliarse a una AFP o a la ONP entre el 1 de julio de 2027 y el 1 de julio de 2028.
  • Si no eliges, el Estado te asignará una AFP mediante licitación.
  • Quienes cumplan 18 años después del 1 de julio de 2027 tendrán el mismo plazo. Si no eligen, irán automáticamente a la ONP.

🚫 Restricciones al retiro del 95.5%

  • Si tienes menos de 40 años, ya no podrás retirar el 95.5% de tu fondo al jubilarte.
  • Además, si decides retirar tu fondo, perderás el derecho a la pensión mínima garantizada.

⏳ Jubilación anticipada más lejana

  • La edad mínima para jubilarse anticipadamente sube de 50 a 55 años.

💸 Aportes obligatorios para independientes

  • Desde enero de 2028 hasta fines de 2029, los trabajadores independientes deberán aportar el 2% de sus ingresos por recibos por honorarios.
  • Este porcentaje subirá gradualmente hasta llegar al 5% en 2034.
  • Ejemplo: Si ganas S/2000 al mes, aportarás S/40 en 2028.

🛒 Aporte por consumo: ¿realmente útil?

  • El 1% de tus compras irá a tu fondo de pensiones, pero solo si:
    • Usas boletas electrónicas menores a S/700.
    • No son boletas usadas para deducir impuestos ni recibos por honorarios.
  • Tope anual: 8 UIT (~S/43,000). Máximo beneficio: S/430 al año.
  • Según CEPLAN, si ganas S/2000, tendrías que gastar S/1500 mensuales para recibir solo S/180 al año.

📉 Pensión mínima garantizada: S/600 mensuales

  • Requiere al menos 240 aportes (20 años).
  • Si no llegas:
    • Entre 15 y 19 años: S/400.
    • Entre 10 y 14 años: S/300.
  • Las AFP podrán solicitar al Estado que complemente el monto para alcanzar los S/600.

🏦 Más entidades administradoras

  • Bancos, cajas y aseguradoras podrán gestionar fondos previsionales.
  • Sin una regulación clara, esto podría generar conflictos de interés y comisiones abusivas.

 

Edward Leyton

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