Congreso oficializa levantamiento del fuero contra Francisco Sagasti para que sea procesado por abuso de autoridad

Según la resolución promulgada por el Congreso, Sagasti habría dado el pase al retiro a altos miembros de la PNP de manera inconstitucional en 2020. También fueron incluidos sus exministros, José Elice y Rubén Vargas.
El Congreso de la República oficializó el levantamiento del fuero contra el expresidente Francisco Sagasti para que la Fiscalía pueda — si así lo determina — investigarlo por el presunto delito de abuso de autoridad. Según la resolución 010-2024-2025-CR, promulgada en el diario El Peruano por el Parlamento, Sagasti habría dado el pase al retiro de manera ilegal a altos miembros de la PNP en noviembre del 2020.
«Declarar haber lugar a la formación de causa penal contra el señor Francisco Rafael Sagasti Hochhausler, en su condición de expresidente del Congreso y exjefe de Estado, por la presunta comisión del delito de abuso de autoridad, tipificado en el artículo 376 del Código Penal», se lee en la resolución que llevan las firmas de Eduardo Salhuana y Patricia Juárez, presidente y primera vicepresidenta del Legislativo.
Como se recuerda, el último 30 de abril el Pleno del Congreso no alcanzó los votos necesarios para concretar su venganza e inhabilitar a Sagasti de la función pública por un periodo de diez años. En su momento, la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC) del Parlamento señaló que las medidas tomadas por el exmandatario eran inconstitucionales; sin embargo, solo consiguieron 61 de 66 votos.
Por otro lado, sus exministros del Interior, José Elice y Rubén Vargas, corrieron con la misma suerte y también se les levantó el fuero para ser investigados por el Ministerio Público. A ambos, el Parlamento tampoco los pudo inhabilitar de la función pública.
«Declarar haber lugar a la formación de causa penal, contra el señor WALTER EDISON AYALA GONZALES, en su condición de exministro de Defensa, por la presunta comisión del delito de coacción, ilícito penal previsto en el artículo 151° del Código Penal; y, por la presunta comisión del delito de patrocinio ilegal, ilícito penal previsto en el artículo 385° del Código Penal», se lee en la resolución.