Indecopi fiscaliza calle center’ para garantizar cumplan ley que evita llamadas a usuarios con fines comerciales
El Indecopi fiscaliza el cumplimiento de la reciente modificación del Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Debido a las llamadas telefónicas no deseadas realizadas por diversas empresas a los consumidores para ofertar sus productos o servicios y en atención a la reciente promulgación de la Ley N° 32323, que modifica el Código de Protección y Defensa del Consumidor para reforzar la protección frente a estas prácticas, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) viene inspeccionando los call centers para el cumplimiento de la norma.
El incumplimiento de estas disposiciones constituye una infracción muy grave, que puede ser sancionada por el Indecopi con multas de hasta 450 UIT, equivalentes a S/2 407 500.
El Indecopi fiscaliza el cumplimiento de la reciente modificación del Código de Protección y Defensa del Consumidor, que prohíbe de manera expresa las llamadas promocionales sin consentimiento.
Fiscalizadores del Indecopi vienen supervisando un call center en Ate que brinda servicios de telemercadeo a empresas con más reclamos por esta práctica comercial, en sectores como banca, seguros y telecomunicaciones.
Las empresas solo pueden realizar llamadas con multas comerciales o publicitarias si el consumidor ha otorgado su consentimiento previo, expreso y por iniciativa propia; es decir, solo pueden contactar a aquellos consumidores que hayan otorgado su consentimiento.