JNE declara infundada queja presentada por alcalde Arturo Fernández por procedimiento de suspensión requerido por los regidores 

 JNE declara infundada queja presentada por alcalde Arturo Fernández por procedimiento de suspensión requerido por los regidores 

Arturo Fernández presentó queja a suspensión seguido en su contra por sentencia judicial condenatoria emitida en segunda instancia.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) en Trujillo declaró infundada la queja por defecto de trámite presentada por el alcalde de Trujillo, César Arturo Fernández Bazán, alcalde de la Municipalidad Provincial de Trujillo, en el marco del procedimiento de suspensión seguido en su contra por sentencia judicial condenatoria emitida en segunda instancia por delito doloso con pena privativa de la libertad, causa contemplada en el numeral 5 del articulo 25 de la Ley N.» 27972, Ley Orgánica de Municipalidad.

Según informó el JNE, el 6 de diciembre de 2023, Arturo Fernández presentó un escrito de queja por defecto de trámite en contra de los señores regidores del Concejo Provincial de Trujillo alegando de que estos, en el marco del procedimiento de suspensión, llevaron a cabo la sesión extraordinaria de concejo del 20 de noviembre de 2023, transgrediendo el articulo 13 de la LOM, por lo que solicita que no se tome en cuenta el acta de sesión de concejo correspondiente.

«Declarar infundada la queja por defecto de trámite presentada por don César Arturo Fernández Bazán, alcalde de la Municipalidad Provincial de Trujillo, departamento de La Libertad, en contra de los señores regidores de la citada comuna, en el marco del procedimiento de suspensión seguido en su contra», se lee en la resolución del JNE.

«Exhortar a don César Arturo Fernández Bazán, alcalde de la Municipalidad Provincial de Trujillo, departamento de La Libertad, para que, en lo sucesivo, cumpla con observar las normas y los procedimientos establecidos en la Ley N. 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en el Texto Unico Ordenado de la Ley N.» 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y en la normativa vigente aplicable a los procedimientos de declaratoria de suspensión».

Finalmente, el Jurado Nacional de Elecciones solo emitirá pronunciamientos que serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución N.º 0929-2021-JNE; para la presentación de escritos u otros documentos, se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV), en el portal electrónico institucional <www.jne.gob.pe>.

Arturo Fernández presentó queja a suspensión seguido en su contra por sentencia judicial condenatoria emitida en segunda instancia.
Arturo Fernández presentó queja a suspensión seguido en su contra por sentencia judicial condenatoria emitida en segunda instancia.

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