El Congreso aprueba ley que establece cadena perpetua para secuestro, extorsión y sicariato
El Ejecutivo ha oficializado una nueva legislación que impone cadena perpetua a quienes cometan delitos como secuestro, extorsión, sicariato, homicidio calificado y robo agravado, utilizando armamento de fuego, explosivos o similares. La medida, que modifica el Código Penal, busca combatir la creciente ola de criminalidad organizada en el país.
El 3 de septiembre, el Congreso aprobó en segunda votación una iniciativa que introduce el artículo 318-B en el Código Penal, sancionando con cadena perpetua a los responsables de delitos graves. Esta nueva ley fue oficializada el pasado 21 de septiembre a través de la publicación en el Diario Oficial El Peruano bajo la Ley Nº 32446.

El artículo 318-B establece que quienes incurran en secuestros, extorsiones, sicariato, homicidios calificados o robos agravados, creando zozobra o terror en la población mediante el uso de armamento o explosivos, serán sancionados con la pena máxima de prisión. Esta medida busca dar respuesta al aumento de crímenes violentos y organizados que azotan el país, especialmente en contextos urbanos.
Inicialmente, la propuesta fue conocida como la ley del «terrorismo urbano», pero tras un intenso debate en el Congreso, los legisladores optaron por el término «criminalidad sistémica», con el objetivo de abarcar más adecuadamente la problemática de la criminalidad organizada y reiterada en áreas urbanas.
La ley fue refrendada por la presidenta Dina Boluarte y el presidente del Consejo de Ministros, Eduardo Arana, quienes destacaron la importancia de contar con herramientas legales más efectivas para enfrentar las organizaciones criminales que operan con violencia y terror. Con esta normativa, se espera una respuesta más contundente frente a la delincuencia, permitiendo a las autoridades judiciales y de seguridad pública procesar y sancionar con mayor severidad a los responsables de estos delitos.