Remuneración triple para quienes trabajen el feriado del domingo 29 de junio

 Remuneración triple para quienes trabajen el feriado del domingo 29 de junio

Los trabajadores del sector privado que laboren durante el feriado por el Día de San Pedro y San Pablo, y no tengan descanso sustitutorio, deberán recibir una triple remuneración.

Este domingo 29 de junio se conmemora el Día de San Pedro y San Pablo, fecha considerada feriado nacional para trabajadores del sector público y privado. En tal sentido, los trabajadores que laboren está fecha sin descanso sustitutorio tienen derecho a recibir hasta el triple de su remuneración diaria.

El gerente Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), Alvaro Gálvez explicó que el pago se descompone en tres conceptos: la remuneración correspondiente al feriado (ya incluida en el salario habitual) y un pago adicional equivalente a una remuneración diaria más una sobretasa del 100 % por haber trabajado ese día.

Es decir, si un trabajador gana S/ 1 500 al mes (equivalente a S/ 50 diarios), y labora el 29 de junio, le corresponde S/ 50 por el feriado (ya incluido en su remuneración mensual), S/ 50 por trabajar ese día y S/ 50 adicionales por la sobretasa del 100% que establece la ley, es decir un n total de S/ 150

Cabe precisar que el artículo 6 del Decreto Legislativo 713, Ley de Descansos Remunerados, declara el 29 de junio como feriado nacional; sin embargo, dado que este año cae domingo —día usual de descanso semanal obligatorio para muchos trabajadores— es necesario aclarar el tratamiento remunerativo.

 

Ozono Televisión

Artículos relacionados

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *